Las sustancias prohibidas para embarazadas y lactantes son aquellas incluidas en la “lista no exhaustiva de agentes y condiciones de trabajo a los cuales no podrá haber riesgo de exposición” por parte de estas trabajadoras establecida por el Real Decreto 298/2009 con la finalidad de promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de las trabajadoras embarazadas o en período de lactancia natural.
La trabajadora embarazada o en período de lactancia no podrá realizar actividades que, de acuerdo con la evaluación de riesgos, supongan el riesgo de exposición a los agentes o condiciones de trabajo incluidos en la lista no exhaustiva, cuando, de acuerdo con las conclusiones obtenidas de la evaluación de riesgos, ello pueda poner en peligro su seguridad o su salud o la del feto, o las del niño durante el período de lactancia natural.
Las trabajadoras embarazadas y lactantes no pueden trabajar en puestos en los que estas sustancias estén presentes.
Ante la posibilidad de exposición de trabajadoras embarazadas, o en situación de lactancia, el empresario debe:
Adoptar las medidas necesarias para evitar la exposición, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada.
Cambiar a la trabajadora a otro puesto compatible con su estado cuando la adaptación de las condiciones o el tiempo de trabajo no resultase posible.
Suspensión de contrato por riesgo durante el embarazo o período de lactancia cuando el cambio de puesto no resulte técnica u objetivamente posible, teniendo la trabajadora derecho a percibir un subsidio.
TPR: Las sustancias etiquetadas como H360F, H360D, H360FD, H360Fd y H360Df por el Reglamento 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (en vigor desde el 20 de Enero de 2009).
Las sustancias etiquetadas H362 por el Reglamento 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (en vigor desde el 20 de Enero de 2009).
Real Decreto 298/2009, de 6 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia.
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Reglamento 1272/2008 (CLP), sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.
Real Decreto 374/2001, de 6 de abril (BOE nº 104 de 1 de mayo de 2001) sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo