Esta sustancia está incluida en la Lista negra de ISTAS por los siguientes motivos: disruptora endocrina, neurotóxica, puede provocar a largo plazo efectos negativos en el medio ambiente acuático
CLASIFICACIÓN (RD 363/1995)
Frases R
R53: Puede provocar a largo plazo efectos negativos en el medio ambiente acuático.
Frases S
S61:
Evítese su liberación al medio ambiente. Recábense instrucciones específicas de la ficha de datos de seguridad.
CLASIFICACIÓN Y ETIQUETADO (Reglamento 1272/2008)
Frases H
H413: Puede ser nocivo para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos.
Acuático crónico. (Cat. 4):
Peligroso para el medio ambiente acuático
Riesgos específicos para la salud
Disruptor endocrino
Neurotóxico
Efecto:
OTOTÓXICO
Nivel:
Fuente:
Anexo VIII del Protocolo de Vigilancia Sanitaria Específica para el Ruido, informado favorablemente el día 18 de diciembre de 2000 por la Comisión de Salud Pública, Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, disponible en http://www.msc.es/ciudadanos/saludAmbLaboral/docs/ruido.pdf
Enfermedades causadas por Cianuros
Enfermedades profesionales causadas por agentes carcinogénicos
Enfermedades profesionales relacionadas con Aminas aromaticas
Síntomas:
Neoplasia maligna de vejiga.
Actividades:
Fabricación y empleo de aminas aromáticas, y especialmente: - Trabajadores del caucho. - Trabajos en los que se emplee tintas, alfa-naftilamina y beta-naftilamina, bencidina, colorantes con base de bencidina, aminodifenilo, nitrodifenilo, auramina, magenta y sus sales.